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Se emite Resolución Modificatoria de la SUNAT que regula respecto al llevado en forma electrónica del registro de ventas e ingresos

El 28 de junio del 2023 entra en vigencia Resolución de Superintendencia N.° 000138-2023/SUNAT, Resolución modificatoria sobre las Resoluciones de Superintendencia N° 000112-2021/SUNAT y N° 000040-2022/SUNAT. 

En cuento a la Resolución de Superintendencia No. 000112-2021/SUNAT se introdujo cambios en los procedimientos para la generación y anotación de operaciones en el Registro de Ventas e Ingresos Electrónicos (RVIE). Se establecieron nuevas pautas para la presentación, llenado, complemento y reemplazo de la propuesta mensual proporcionada por SUNAT en el módulo RVIE, así como para los ajustes posteriores que deben realizarse. Además, se aclaró que, en caso de suspensión temporal o reinicio de actividades, los contribuyentes no tienen impedimento para registrar información en los Registros Electrónicos, pero se debe cumplir con la comunicación de reinicio de actividades según la Resolución de Superintendencia No. 210-2004/SUNAT.


Por otro lado, respecto a la Resolución de Superintendencia No. 000040-2022/SUNAT se modifican disposiciones relacionadas con el Código de Anotación de Registro (CAR SUNAT), la información de la propuesta del Registro de Compras Electrónico (RCE), la estructura y reglas para elaborar el archivo plano que complementa la propuesta del RCE, así como la estructura y reglas para elaborar el archivo plano con ajustes posteriores relacionados con el RCE. 

Revisa la Resolución de Superintendencia N.° 000138-2023/SUNAT, a través del siguiente enlace: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2023/000138-2023.pdf