La Resolución de Superintendencia N.º 000204-2023/SUNA ha establecido una prórroga en la implementación del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) con el propósito de simplificar el proceso para aquellos sujetos que emiten una gran cantidad de comprobantes de pago.
Por otro lado, los contribuyentes que pertenecen al Régimen Especial del Impuesto a la Renta o al Régimen MYPE Tributario ya han adoptado el SIRE, ya que les resulta más conveniente debido a la menor cantidad de comprobantes de pago que deben registrar. Además, estos están obligados a utilizar el Sistema de Libros Electrónicos (SLE-PLE) y el SLE-Portal.
En este contexto, los contribuyentes que no forman parte del Régimen Especial del Impuesto a la Renta o del Régimen MYPE Tributario se beneficiarán de la prórroga establecida en la mencionada Resolución de Superintendencia. Esto les permitirá implementar el SIRE hasta enero de 2024, a partir del cual estarán obligados a llevar sus Registros de Ventas e Ingresos y Registros de Compras a través del SIRE.
Considerando la información proporcionada, es aconsejable que aquellos contribuyentes que aún no han incorporado el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) aprovechen la extensión otorgada por la Resolución de Superintendencia (N.º 000204-2023/SUNA) para su implementación de manera eficaz y puntual. Esto les permitirá prevenir posibles contratiempos y garantizar que cumplan con sus obligaciones tributarias de manera adecuada a partir de enero de 2024, fecha en la que su uso será obligatorio. Asimismo, los contribuyentes que ya emplean el SIRE pueden seguir beneficiándose de su uso eficiente para mantener registros de manera simplificada.
Lee la resolución en el siguiente enlace: https://busquedas.elperuano.pe/api/media/http://172.20.0.101/file/DxelG7mmqOlBnVSR_4W_PI/*/2219795-1.PDF/PDF