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El presidente del directorio tiene la posibilidad de ofrecer servicios de asesoría a la empresa

En la Resolución del Tribunal Fiscal 03138-4-2021, la autoridad fiscal cuestionó el pago de los honorarios facturados por el presidente del directorio a la empresa, alegando incumplimiento con el artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta.

Se le pidió a la compañía que acreditara la efectiva prestación de los servicios en cuestión. Sin embargo, según la opinión del Tribunal Fiscal (TF), la documentación presentada por la empresa no resultó suficiente para respaldar la realización de los servicios de asesoría administrativa y financiera por parte del presidente del directorio. La documentación presentada principalmente reflejó tareas relacionadas con la gestión de la empresa y el papel representativo del presidente del directorio, pero no pudo demostrar la ejecución de los servicios de asesoría administrativa y financiera. 

De ello es que, un presidente de directorio puede prestar servicios de asesoría a la empresa, pero tiene el deber de acreditar la efectiva prestación del servicio.