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SUNAT amplía plazo para sancionar infracciones relacionadas a  libros y registros electrónicos

La Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos (SUNAT) acaba de emitir una resolución que amplía la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones tributarias para infracciones relacionadas con libros y registros electrónicos.


¿Qué implica esto?


La Resolución Nro. 017-2024-SUNAT/700000 modifica las disposiciones anteriores para incluir las infracciones tipificadas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario. Estas modificaciones se aplican específicamente a los periodos de abril, mayo, junio y julio de 2024.


 ¿Cuál es el plazo para correcciones?


Se ha extendido el plazo para corregir registros y realizar ajustes en el Sistema de Registro Electrónico (SIRE) desde el 30 de abril de 2024 hasta el 31 de agosto de 2024.


Esta medida busca brindar flexibilidad a los contribuyentes para corregir posibles errores en sus registros tributarios electrónicos y evitar sanciones innecesarias.


 No te pierdas esta oportunidad de regularizar tus registros tributarios! Mantente informado y evita posibles contratiempos con las nuevas disposiciones de la SUNAT.