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El Congreso de la República ha aprobado el proyecto de ley 7536/2023-CR que modifica el Decreto Legislativo No 1264, el cual establece un régimen especial para la declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas. Esta iniciativa tiene como objetivo establecer un nuevo plazo para que los contribuyentes puedan regularizar sus rentas no declaradas y mejorar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.


Beneficios del Proyecto de Ley:


Más Tiempo para Regularizar Rentas:


Los contribuyentes tendrán hasta el 30 de abril de 2024 para declarar sus rentas no declaradas generadas hasta 2017. Esto les da más tiempo para poner en orden su situación tributaria.

Ampliación de la Base Imponible:

Se incluirán los ingresos obtenidos hasta el 31 de diciembre de 2023, tanto dentro como fuera del país, incluyendo bienes y derechos representados por terceros, sociedades o entidades, y aquellos transferidos a fideicomisos. Esto permite incluir más tipos de ingresos y bienes en la regularización.

Facilidades para Repatriar e Invertir Fondos:


El dinero repatriado debe mantenerse en el país por al menos un año e invertirse en servicios financieros, valores mobiliarios, letras del Tesoro Público, bonos, bienes inmuebles, entre otros. Esto promueve la inversión en la economía peruana.

Flexibilidad en la Declaración:


Los contribuyentes pueden corregir sus declaraciones hasta el 30 de abril de 2024 y tienen 30 días para presentar una declaración corregida si la SUNAT encuentra errores. Esto hace que el proceso de declaración sea más sencillo y flexible.

Promoción de la Formalización y Transparencia:


Al incentivar la repatriación de fondos y su inversión en el país, se fomenta la formalización de la economía y el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Esto aumenta la transparencia y la confianza en el sistema tributario.

Por otra parte, no podrán acogerse al régimen aquellos con bienes o derechos en jurisdicciones de alto riesgo o no cooperantes, ni aquellos con resoluciones firmes en su contra. Esto asegura que el régimen no sea utilizado para la evasión fiscal o actividades ilícitas.